Entregable 4 /Problemas y Desafíos Territoriales
PROBLEMAS
Y DESAFÍOS TERRITORIALES MOT 207
Entregable 4
Línea de Investigación Reducción de la desigualdad en los
territorios
Asentamiento Humano Irregular “Tierra Colorada” Alcaldía
Magdalena Contreras, CDMX
Asignatura: Problemas y Desafíos Territoriales
Profesor: Jorge Luis Ruíz Barcellos
Alumno: Edgar Daniel Sánchez Barrientos
Junio 23, 2023
Universidad DUCENS
Línea de Investigación Reducción de la desigualdad en los
territorios
Asentamiento Humano Irregular “Tierra Colorada” Alcaldía
Magdalena Contreras, CDMX
Presentación
El crecimiento irregular
en la Ciudad de México (CDMX) ha sido una constante dentro del Suelo de
Conservación, misma que se ha visto como una problemática territorial que se ha
extendido sobre suelos agrícolas y forestales, esta situación ha promovido una
fragmentación del territorio y que ha traído consigo una serie de problemáticas
a nivel social, económico, ambiental y urbano.
Conforme a lo anterior se
ha tomado para la presente investigación el tema de asentamientos humanos
irregulares, tomando en cuenta uno en particular, el denominado “Tierra
Colorada” ubicado en la Alcaldía de Magdalena Contreras, para ello se acota a
la línea de investigación de la reducción de la desigualdad en los territorios,
alineándolo al Objetivo de Desarrollo Sostenible Número 10.
El presente documento,
parte del conflicto entre los derechos individuales y colectivos que la misma
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en su artículo
4°, en donde se define en primera instancia que se Contempla
el derecho a la salud desde el punto de vista ambiental, indicando que se debe
manejar racionalmente a los elementos del ecosistema para que sus
desequilibrios no afecten a la población y especialmente al individuo, haciendo
la mención específica que toda persona tiene derecho a un medio ambiente
sano para su desarrollo y bienestar. Mientras que, por otra parte, el mismo artículo constitucional detalla que Toda familia tiene derecho
a disfrutar de una vivienda digna y decorosa, por lo que
la Ley establecerá los instrumentos y apoyos necesarios a fin de alcanzar tal objetivo.
Esta dualidad constitucional genera una incertidumbre jurídica, en donde la
irregularidad de la tenencia de la tierra, así como en el uso del suelo, detona
una discusión a que derecho se le debe de dar prioridad.
Si bien, las personas que
habitan sobre asentamientos irregulares argumentan que tiene el derecho a
quedarse en los sitios que ocupan irregularmente porque tienen a su vez el
derecho a una vivienda digna y decorosa, también es cierto que en muchas
ocasiones esta ocupación se puede dar por diversas causas, una de ellas por
invasión, compra-venta ilegal de terrenos o simplemente por ocupación de
terrenos no definidos como habitacionales respecto a los Programas
Delegacionales de Desarrollo Urbano.
Con respecto a lo
anteriormente descrito, la vertiente a desarrollar en el presente documento
inicia con la especificación de objetivos y metas, para posteriormente
identificar las características urbanas y ambientales de la zona, la tipología
de vivienda y los tipos de riesgo que se tienen el sitio de estudio. Para
evitar la desigualdad en los territorios se establece una estrategia técnica y
jurídica para finalizar con un planteamiento de políticas y acciones para
resolver la problemática.
Índice
Datos generales 5
Antecedentes 5
Planteamientos del
Problema 6
Formulación del Problema 8
Objetivos 10
Breve Marco Teórico 10
Conclusiones y Recomendaciones 12
Datos generales
|
Zona de estudio: |
Asentamiento humano
irregular denominado “Tierra Colorada” |
|
Estado: |
Ciudad de México |
|
Alcaldía: |
Magdalena Contreras |
|
Referencias: |
Ubicado en Suelo de
Conservación de la CDMX al poniente de Bosques del Pedregal |
|
Coordenadas extremas: |
473525.03 E, 2130756.03
N 473803.76 E, 2130652.09
N 474059.39 E, 2130829.48
N 473871.75 E, 2130918.24
N |
|
Altura (msnm): |
2,713 |
|
Superficie: |
3.53 has. |
|
Población en riesgo
(población objetivo) |
504 personas |
|
Antigüedad: |
22 años |
|
Datos del Especialista
Investigador: |
D.A.H. Edgar Sánchez
Barrientos |
En respuesta al
crecimiento urbano desmedido que se fue desarrollando en la Ciudad de México en
los años 80s, se decreta la línea limítrofe del suelo de conservación del
entonces Distrito Federal, en donde se determina 86,854 hectáreas (59% de la
superficie total) como zona de protección y restauración ambiental.
Para 1996 se publica La
Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, donde se ratifica que la entidad
se divide en suelo urbano y suelo de conservación, tomando en cuenta la línea
limítrofe decretada en 1987.
Para e año de 1997 se
publica el Programa Delegacional de Desarrollo Urbano (PDDU) de Magdalena
Contreras, en donde se establece la zonificación secundaria de la entonces
Delegación (ahora Alcaldía) estableciendo para la zona donde actualmente se
ubica el asentamiento humano irregular “Tierra Colorada” y a la cual se le
establece una zonificación de Preservación Ecológica.
En el año 2000 se publica
el Programa General de Ordenamiento Ecológico del Distrito Federal (PGOE) y la
zona de “Tierra Colorada” se contempla con una zonificación de Protección
Forestal.
En el año 2001, se empieza
ocupar irregularmente el predio llamado ahora “Tierra Colorada”, extendiéndose
hacia la zona forestal y en laderas, propiciando que varias viviendas en
proceso se estuvieran asentando en la zona .
No obstante, a la zonificación establecida en el PDDU y el PGOE como zona forestal, en el año 2005, se actualiza el PDDU y al asentamiento irregular se le determina un cambio de uso de suelo de PE a HRB (Habitacional Rural de Baja Densidad), determinando que debe de realizarse un dictamen de riesgo, mismo que hasta la fecha no se ha realizado, dejando vulnerable a la población que habita en el sitio.
Planteamiento del Problema
El Suelo de Conservación
se encuentra al sur de la Ciudad de México (CDMX), y ocupa el 56% de la
superficie del territorio, se le ha denominado como tal por ser una zona de
alto valor ambiental en donde se desarrollan actividades primarias, aparte de
contar con zonas forestales muy importantes a nivel regional.
En el Suelo de
Conservación, existen 36 poblados rurales y más de mil asentamientos humanos,
la mayoría de ellos irregulares, es decir, no cuenta con uso de suelo ni con la
propiedad de la tierra, esto ha generado una serie de problemáticas, entre las
que se encuentran: ocupación de zonas de alto valor ambiental o de zonas con
riesgo, población que no cuenta con servicios básicos de infraestructura (red
de agua potable, drenaje y electricidad), marginación, contaminación, entre
otros.
Para el caso del presente
trabajo, se contempla el asentamiento humano irregular denominado “Tierra
Colorada” el cual tiene una zonificación normativa de HR2/50/R
(Habitacional Rural, 2
niveles, 50% de área libre, con una densidad restringida para 1 vivienda cada
500m2), de la misma forma, un sector del asentamiento se encuentra en
zonificación de Preservación Ecológica, no obstante, es importante señalar que
existen 92 familias en zona de riesgo por deslave, motivo por el cual se vuelve
un problema público, y si bien, la gente que vive en el sitio no quiere
abandonar el terreno donde actualmente vive, por medio de perderlo, no debería
de estar ahí por peligrar sus vidas, aparte de su ocupación no legal, pero a
sabiendas de esto, la población que ocupa este sitio solicita al gobierno local
que se le proporcione todas las garantías de seguridad y de dotación de
servicios con base en el artículo 4° Constitucional que a la letra dice:
“Toda familia tiene
derecho a disfrutar de una vivienda digna y decorosa, por lo que la Ley
establecerá los instrumentos y apoyos necesarios a fin de alcanzar tal objetivo”.
Sin embargo,
estas familias se han quedado en el sitio por dos décadas, generando más
arraigo a la zona y recibiendo promesas en cada campaña política sobre su
regularización, pero no sobre una posible reubicación.
Si bien, el problema
principal es el riesgo para vidas humanas, también es cierto que esta ocupación
irregular genera otras problemáticas como se ven en el siguiente árbol de
problemas:
Formulación y delimitación del Problema
Como parte de la
formulación de la problemática, se genera la siguiente pregunta:
¿Es posible incidir
después de una consolidación y reconocimiento del asentamiento Tierra Colorada
por la autoridad a través del Programa Delegacional de Desarrollo Urbano?
Para tal pregunta es
importante contemplar la disposición política de las autoridades y tener en
cuenta la posibilidad de que ocurra una eventualidad en el que ponga en riesgo
a la población (lo que vuelve la situación en un problema público), incluso
generé pérdida de vidas humanas y esto provoque un descontento social, jurídico
y político que implique un reclamo generalizado por no tomar las medidas
preventivas a sabiendas de lo que podría pasar.
El Asentamiento Humano
Irregular Tierra Colorada, ha crecido en las últimas dos décadas hacia el
poniente, ocupando zonas forestales y de barrancas, donde la pendiente suele
ser mayor a 90°
Fuente: Imágenes satelitales multitemporales obtenidas mediante plataforma Google Earth, años 2001-2021
Para el objetivo del
presente trabajo se toma en cuenta solo la población ubicada en zona de riesgo,
específicamente 92 viviendas con una tipología precaria progresiva, la mayoría
de ellas ya consolidadas por la temporalidad de su ocupación, abarcando una
superficie de 3.53 hectáreas.
Zona
de estudio
Fuente: Elaboración propia con imágenes obtenidas mediante plataforma Google Earth, años 2001-2021
Objetivos
Objetivo General
Generar una política
estratégica para la reubicación de la población ubicada en alto riego en el
asentamiento humano irregular denominado “Tierra Colorada”
Objetivos Particulares
·
Recuperar suelo de alto valor ambiental en el suelo de
conservación de la Alcaldía Magdalena Contreras, Ciudad de México.
·
Minimizar la vulnerabilidad social, evitando con ello la pérdida
de vidas humanas.
·
Disminuir la contaminación generada por desperdicios
provenientes de habitantes de viven la zona.
·
Establecer una mesa de dialogo para la reubicación de los
habitantes ubicados en alto riesgo.
·
Generar una bolsa de suelo que permita reubicar a la población
ubicado en alto riesgo
Breve marco teórico
Para la elaboración del
presente trabajo se contempla como información base la referente a la
legislación normativa de la Ciudad de México, en específico de la Ley de
Desarrollo Urbano de la Ciudad de México y su reglamento, así como de la Ley
Ambiental de Protección a la Tierra en la Ciudad de México.
De la misma forma se
contempló dos trabajos de investigación referente a asentamientos humanos
irregulares, entre los que se encuentran “Estudio sobre el ordenamiento,
control y tratamiento integral de los Asentamientos Humanos Irregulares,
ubicados en suelo de conservación del Distrito Federal” y “Distribución
espacial de los Asentamientos Humanos Irregulares ubicados en el Suelo de
Conservación en relación con el proyecto del Programa General
de Ordenamiento Ecológico y Zonas de Valor Ambiental del Distrito Federal”,
estos dos documentos realizados por la Procuraduría Ambiental y del
Ordenamiento Territorial de la Ciudad de México.
Otros documentos que se
tomaron en cuenta fueron el Atlas geográfico del suelo de conservación del
Distrito Federal y la publicación del libro Suelo de Conservación, publicada
por el Gobierno de la Ciudad de México.
Debido a que el
asentamiento humano irregular denominado “Tierra Colorada” se encuentra en
Suelo de Conservación de la Ciudad de México, la Ley de Desarrollo Urbano contempla
que esta zona por sus características ecológicas proveen servicios ambientales,
de conformidad con lo establecido en la Ley Ambiental del Distrito Federal
(ahora Ciudad de México), necesarios para el mantenimiento de la calidad de
vida de los habitantes de la ciudad y que referente a la ocupación irregular
existe la Comisión de Evaluación de Asentamientos Humanos Irregulares que es la
competente para evaluar las causas, evolución y grado de consolidación de los
asentamientos humanos irregulares ubicados en el Suelo de Conservación de la
ciudad, las afectaciones urbanas y ambientales ocasionadas, las acciones
específicas para revertir los daños urbanos y ambientales ocasionados, los
medios para financiar la ejecución de tales acciones, y en su caso, un proyecto
de Iniciativa de Decreto para reformar el Programa de Desarrollo Urbano
correspondiente.
En el marco jurídico
también se contempla la Ley Ambiental de Protección a la Tierra en la Ciudad de
México, en donde se determina que como atribución de la Secretaría del Medio
Ambiente de la Ciudad de México está el evitar el establecimiento de los
asentamientos humanos irregulares. De la misma forma también otra Ley que
aplica al respecto es la Ley de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de
la Ciudad de México.
Por otra parte, las
investigaciones de la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial de
la Ciudad de México, analizan los asentamientos humanos irregulares con base a
los dos inventarios que se han realizado para la Ciudad de México y que son de
los pocos documentos que se han realizado para analizar la ocupación irregular
en suelo de conservación y en donde se establece el grado de consolidación de
cada asentamiento irregular, así como su estrategia para cada uno de ellos.
El diagnóstico de estos
documentos se realizó con la finalidad de que sirviera como insumo para las
herramientas preventivas y coordinadas interinstitucionalmente, coadyuvando a
la mitigación y control de los asentamientos humanos irregulares en suelo de
conservación.
Aunado a lo anterior, se
toma la información y ubicación del asentamiento humano irregular de Tierra
Colorada contemplada en el Atlas geográfico del suelo de conservación del
Distrito Federal y sobre el libro de Suelo de Conservación publicado por el
Gobierno de la Ciudad de México donde se contempla el valor ambiental y las
características físico-naturales de esta zona.
Otro documento que se
contempla para el presente trabajo es el Programa Delegacional de Desarrollo
Urbano de la Magdalena Contreras, Alcaldía donde se encuentra el asentamiento
humano irregular objeto de la investigación. Este documento se retoma debido a
que es el instrumento normativo en materia de usos y destinos del suelo, en
donde se contemplan estrategias y acciones en materia urbana.
Conclusiones y Recomendaciones
Como conclusiones respecto al tema de la Reducción de la desigualdad en
los territorios enfocado en el Asentamiento Humano Irregular “Tierra Colorada”
Alcaldía Magdalena Contreras, CDMX, se contemplan las siguientes:
- Las autoridades en materia de riesgo, medio ambiente, y desarrollo urbano no están previendo las afectaciones que se realizan a nivel ambiental en la zona por la ocupación irregular de la expansión del asentamiento humano irregular de “Tierra Colorada”
- Se está promoviendo el crecimiento
irregular al no tomar acciones preventivas para mitigar el crecimiento
irregular.
- El tema de riesgo no ha sido
prioritario para las autoridades gubernamentales de la Ciudad de México.
- A pesar de que se ha denunciado el
crecimiento irregular en suelo de conservación, entre ellos “Tierra Colorada”,
las acciones han sido incipientes y se han promovido su consolidación a través
de planeación urbana (Programa Delegacional de Desarrollo Urbano de la Alcaldía
Magdalena Contreras).
- No obstante que se realizaron dos inventarios
de asentamientos humanos irregulares en suelo de conservación (2006 y 2010) elaborados
por la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, Secretaría del Medio
Ambiente y las Alcaldías que comparte el suelo de conservación; así como estudios
sobre la consolidación y propuestas de atención a los asentamientos humanos
irregulares (elaborados por la Procuraduría Ambiental de la Ciudad de México,
PAOT) no se le ha dado seguimiento a las recomendaciones, motivo por el cual se
incrementado la problemática.
- Aún con el antecedente de
eventualidades de deslizamientos en “Tierra Colorada”, incluso afectaciones por
pérdidas materiales y de vidas humanas, el asentamiento de “Tierra Colorada” se
ha extendido en zonas de riesgo.
- No se han realizado acciones
constantes y eficientes de recuperación de suelo, desalojos o reubicaciones en
el asentamiento, al contrario, en cada proceso electoral se promete su
consolidación y dotación de servicios a cambio de votos.
- No existe acciones de coordinación eficientes
por parte de las autoridades para prevenir la expansión del asentamiento humano
irregular de “Tierra Colorada”
- Con base en lo establecido en el Programa Delegacional de Desarrollo Urbano de la Alcaldía Magdalena Contreras (2005), en su Norma Particular para asentamientos ubicados en zona de riesgo se define que el asentamiento “Tierra Colorada” se verá beneficiada con la zonificación normativa HRB (Habitacional Rural de Baja densidad), siempre y cuando cumpla con la dictaminación del nivel de riesgo favorable. Dicho dictamen debe ser emitido por la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda y en caso de que el dictamen sea negativo no se asumirá la zonificación propuesta.
- Al respecto, es necesario que se establezca un programa de dictaminación de riesgo del asentamiento humano irregular “Tierra Colorada” en donde de forma coordinada realicen el dictamen no solamente la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, sino también la Secretaría de Protección Civil de la Ciudad de México, con la finalidad de identificar el nivel de riesgo, las medidas de mitigación (en su caso) y las viviendas que se encuentran en riesgo alto.
- Impulsar la elaboración del dictamen de riesgo de forma prioritaria a través de la Comisión de Evaluación de Asentamientos Humanos Irregulares, con base en la Ley de Desarrollo Urbano en su artículo 24 Quater.
- Promover desde la Jefatura de Gobierno, acciones de suspensión de obras y clausura como acciones precautorias, con la finalidad de que no se construya más viviendas o se consoliden. Estas acciones se deberán realizar de forma coordinada ente la Secretaría del Medio Ambiente, Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial, Instituto de Verificación Administrativa y la Alcaldía Magdalena Contreras.
- Establecer mesas de dialogo con familias que se encuentren en zonas de alto riesgo, con la finalidad de concientizarlos sobre el problema y hacerles ver que pueden evitar el riesgo y obtener una certidumbre jurídica al aceptar una reubicación en un sitio con las condiciones óptimas para habitarla con todos los servicios.
- Promover una bolsa de suelo a través del Instituto de Vivienda
de la Ciudad de México y la Dirección General del Patrimonio Inmobiliario, con
el objetivo de reubicar a la población de riesgo en una zona digna, con
servicios y promoviendo la reducción de la desigualdad de los territorios.
- Generar un programa de
incentivos fiscales e incremento de densidades a desarrolladores inmobiliarios
que contribuyan a la construcción de viviendas de interés social, para la
reubicación de las familias que se encuentran en riesgo en “Tierra Colorada”.
- Generar un programa de escrituración para familias que acepten
la reubicación, programa encabezado por la Dirección General de Regularización
de la Tenencia de la Tierra.
- Promover la reforestación en zonas recuperadas por la
reubicación de familias, devolviendo las características ambientales del
territorio, a través de un programa encabezado por la Secretaría del Medio Ambiente
de la Ciudad de México.
- Establecer el procedimiento de recuperación de suelo y reubicación de familias ubicadas en riesgo para replicarse en otros asentamientos humanos irregulares.
Bibliografía
Gobierno del Distrito Federal. (2012). Atlas geográfico del suelo de conservación del Distrito Federal. México: Secretaría del Medio Ambiente, Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial del Distrito Federal.
Gobierno de la Ciudad de México, (2000) Ley Ambiental de Protección a la Tierra en la Ciudad de México
Gobierno de la Ciudad de México (2010). Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal.




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